Señala que se produjo una modificación sustancial en la planificación al introducirse el trazado de una línea ferroviaria, lo que obligaba a abrir un plazo de alegaciones público para los posibles afectados.
Estima en parte el recurso de Barrasa Inversiones, arrendataria de un local en Don Benito (Badajoz) en el que desarrolla la actividad de venta al público de ropa a través de la franquicia de la marca Mango.
Piden la nulidad del acuerdo, como paso previo a exigir responsabilidades ante el Tribunal de Cuentas y la jurisdicción penal si se destinase dinero público para financiar el incumplimiento de las sentencias o coaccionar a las entidades que se oponen a la imposición lingüística.
Argumenta que la nueva causa de recusación en modo alguno compromete la imagen de imparcialidad que la actuación jurisdiccional ofrece a un observador imparcial.
Concluye que las circunstancias acreditadas por el grupo recurrente no encajan directamente en ninguna de las previsiones que el artículo 22 del Real Decreto Ley 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19.
Así lo ha expuesto Villarejo durante la declaración que ha prestado como acusado en el marco del juicio donde se ventilan tres piezas separadas de 'Tándem'.