Al tiempo de la resolución acordando la prescripción de los delitos todavía no se había determinado, claramente, el objeto del enjuiciamiento, “por lo que no es posible conocer la concreta imputación para determinar los términos que pueden dar lugar a la prescripción del hecho delictivo”
El procedimiento se sigue por los delitos de estragos terroristas, dos delitos consumados de asesinato terrorista y ocho delitos intentados de asesinato terrorista.