Garzón Abogados asume la representación de las coautoras del libro del Supremo para iniciar acciones legales

El Tribunal Supremo y el BOE siguen guardando silencio sobre el libro que publicaron sin autorización de sus autoras

12 / 04 / 2021 06:50

Actualizado el 12 / 04 / 2021 09:09

El Tribunal Supremo y el Boletín Oficial del Estado siguen guardando un silencio sepulcral sobre el contencioso que ellos crearon, cuando permitieron que se imprimiera un libro, en 2017, con textos no autorizados de dos autoras y que fueron firmados por otras dos personas», explica el doctor José María Garzón, abogado de María Luisa Román y Matilde Chamorro, ancianas funcionarias jubiladas del Alto Tribunal.

Garzón, presentó en los Juzgados de Plaza de Castilla, el pasado 26 de febrero, una papeleta de conciliación previa a la interposición de una demanda o de una querella contra el Tribunal Supremo y contra el BOE.

Nada menos que contra la cúspide de la justicia española y el ente que publica todas las leyes, anuncios y nombramientos del Estado.

«Desde entonces no se han puesto en contacto con nosotros. La sensación de doña María Luisa Román y doña Matilde Chamorro, que prestaron servicio al Estado durante más de 30 años cada una, es de absoluta soledad», añade el abogado.

«La reputación del Tribunal Supremo y del BOE no ha podido caer más baja», subraya Garzón.

De acuerdo con el abogado, el Tribunal Supremo y el BOE permitieron que los textos de sus dos clientes, que formaban parte del primer libro publicado en 2008, titulado «El Tribunal Supremo del Reino de España», fueran utilizados sin sus respectivas autorizaciones en otro libro posterior, «El Tribunal Supremo del Reino de España. Estudio histórico-institucional», que vio la luz en diciembre de 2017.

Publicado por el BOE, institución que comparte los derechos de autor junto con el Supremo.

«El Supremo y el BOE han permitido que se haya producido una vulneración flagrante de unos derechos inalienables cuya tutela debería haber sido garantizada precisamente por ellos. Existía, además, un Convenio que, de haberse aplicado, esta apropiación de los derechos de propiedad intelectual de ambas no se habría producido. Es una clara responsabilidad ‘in vigilando'», subraya.

RENUNCIAR A COBRAR POR ESE TRABAJO NO SIGNIFICA RENUNCIAR A SUS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Según Garzón, sus dos clientes renunciaron a cobrar por los textos incluidos en el primer libro. Y lo hicieron graciosamente, como un favor a una institución que ambas amaban y a la que se sentían muy orgullosas de pertenecer.

«Esa primera renuncia no implica renunciar a sus derechos de propiedad intelectual. Es imposible. Porque son irrenunciables. Son suyos. Y nadie puede utilizarlos, ni mucho menos firmarlos como si fueran suyos, como ha ocurrido en el caso que nos ocupa con los señores Alfonso de Ceballos-Escalera y Gila, vizconde de Ayala, marqués de la Floresta y duque de Ostuni, del desaparecido Reino de las Dos Sicilias, en Italia, y Félix Martínez Llorente, catedrático de Historia del Derecho y de las Instituciones de la Universidad de Valladolid, ‘autores’ del segundo libro», señala.

Sobre Ceballos-Escalera y Martílnez, Garzón afirma que «no parecen conocer la Ley de Propiedad Intelectual. Porque es evidente que no la han leído».

«Y lo dice bien claro la ley: los derechos de propiedad intelectual van adheridos al autor hasta, incluso, después de su muerte. Dicho de otro modo: no se puede hurtar la autoría de su obra a un autor, que es lo que ha ocurrido en este caso. Sin ningún género de dudas», recalca.

Garzón y sus clientes esperan que la justicia aborde pronto la papeleta de conciliación –también conocida como demanda– con el Supremo y con el BOE para saber a qué atenerse.

«De ellos depende que tomemos un camino u otro o lo arreglemos mediante el diálogo. La pelota está en su tejado«, concluye.

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