Estima la demanda del sindicato ELA, en representación de los trabajadores de una subcontrata de limpieza, y declara nulo el despido colectivo que afectó a 76 empleados.
Esta doctrina permitirá a miles de pequeñas y medianas empresas, deducir en su Impuesto sobre Sociedades, las retribuciones abonadas a sus socios trabajadores.
Y cuatro meses de cárcel para el representante de la empresa de rehabilitaciones a quien se adjudicó la obra, por delito de falsedad cometido por particular.
El TSJC anula una sentencia que desestimó una petición de incapacidad laboral porque se basó en una prueba obtenida con vulneración de derechos fundamentales.